Las elecciones departamentales de Cundinamarca de 2023 se llevaron a cabo el domingo 29 de octubre de 2023 en el departamento de Cundinamarca, donde serán elegidos los siguientes cargos que tomarán posesión el 1 de enero de 2024 para un período de cuatro años:

  • Gobernador de Cundinamarca
  • Los 16 miembros de la Asamblea Departamental de Cundinamarca.

Además, a nivel local se eligen:

  • Alcaldes y concejales municipales para cada uno de los 116 municipios del departamento.
  • Junta Administradora Local para las comunas y corregimientos de Fusagasugá, Girardot y Soacha representados a través de ediles.

Legislación

Según la Constitución de Colombia, pueden ejercer su derecho a sufragio los ciudadanos mayores 18 años de edad que no hagan parte de la Fuerza Pública, no estén en un proceso de interdicción, y que no hayan sido condenados. Las personas que se encuentran en centros de reclusión, tales como cárceles o reformatorios, podrán votar en los establecimientos que determine la Registraduría Nacional. La inscripción en el registro civil no es automática, el ciudadano debe dirigirse a la sede regional de la Registraduría para inscribir su identificación personal en un puesto de votación.

La Ley 136 de 1994 establece que para ser elegido gobernador se requiere ser ciudadano colombiano en ejercicio y haber nacido o ser residente del respectivo departamento durante un año anterior a la fecha de inscripción o durante un período mínimo de tres años consecutivos en cualquier época. El gobernador se elige por mayoría simple, sin tener en cuenta la diferencia de votos con relación a quien obtenga el segundo lugar.

Está prohibido para los funcionarios públicos del departamento y de los municipios difundir propaganda electoral a favor o en contra de cualquier partido, agrupación o movimiento político, a través de publicaciones, estaciones de televisión y de radio o imprenta pública, según la Constitución y la Ley Estatutaria de Garantías Electorales. También les está expresamente prohibido acosar, presionar, o determinar, en cualquier forma, a subalternos para que respalden alguna causa, campaña o controversia política.

Los organismos encargados de velar administrativamente por el evento son la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral.

Voto en blanco

De acuerdo con la sentencia C-490 de 2011 de la Corte Constitucional de Colombia, que declaró la exequibilidad de la Ley 1475 (Reforma Política), el voto en blanco es «una expresión política de disentimiento, abstención o inconformidad, con efectos políticos» y agrega que «el voto en blanco constituye una valiosa expresión del disenso a través del cual se promueve la protección de la libertad del elector. Como consecuencia de este reconocimiento la Constitución le adscribe una incidencia decisiva en procesos electorales orientados a proveer cargos unipersonales y de corporaciones públicas de elección popular».[2]

De acuerdo con el artículo 9 del Acto Legislativo 01 de 2009, en caso de victoria del voto en blanco,

"Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una corporación pública, gobernador, alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales, cuando el total de los votos válidos, los votos en blanco constituyan la mayoría. Tratándose de elecciones unipersonales no podrán presentarse los mismos candidatos, mientras que en las corporaciones públicas no se podrán presentar a las nuevas elecciones las listas que no hayan alcanzado el umbral".

Según lo anterior, si en la repetición de las votaciones llegara a ganar nuevamente el voto en blanco, quedaría como ganador el candidato que alcanzó la mayoría de votos válidos en el certamen electoral. Por lo cual, se elegirá el segundo puesto en votos. La Corte Constitucional, en sentencia C-490 de 2011 declaró inexequible la norma de la Reforma Política que ordenaba repetir elecciones «cuando el voto en blanco obtenga más votos que el candidato o lista que haya sacado la mayor votación» y en consecuencia la mayoría necesaria para repetir la elección es mayoría absoluta, es decir el 50% más 1 de los votos válidos, y no mayoría simple.

Candidaturas

  • Jorge Emilio Rey: candidato que nomina su nombre para ser elegido por segunda vez como gobernador departamental en la coalición Caminando, Escuchando, Gobernando, liderado por el partido Colombia Renaciente.[3]
  • Nancy Patricia Gutiérrez: candidata que se postula por segunda vez al cargo departamental avalada por el Centro Democrático y coavalada por Movimiento de Salvación Nacional.[4]
  • Ricardo López Arévalo: candidato representante por Liga de Gobernantes Anticorrupción.[5]
  • Orlando Salcedo Moya: candidato inscrito por Fuerza Ciudadana.[6]
  • Alfredo Molina: candidato por el partido En Marcha.
  • Yeilor Rafael Espinel: segunda aspiración de este candidato, esta vez representando a Dignidad y Compromiso.
  • Yorli Liliana García: candidata representando a Pacto Histórico.[7]
  • Jorge Hernando Lozano: candidato representando por Verde Oxígeno.[8]

Encuestas

A continuación, las encuestas hechas por las diferentes firmas encuestadoras desde la inscripción de los candidatos oficiales a la Gobernación de Cundinamarca, se resaltan las candidaturas con mayor porcentaje de votación:

Asamblea Departamental

     – Partidos que no superaron el umbral.

Diputados Electos

Resultados

Estos son los votos más relevantes en los que los candidatos a gobernador influyeron en los 116 municipios y las 16 provincias

En cursiva los municipios con mayores resultados del ganador por provincia

Véase también

  • Elecciones regionales de Colombia de 2023

Notas

Referencias


Cundinamarca reporta normalidad en las Elecciones Territoriales de

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Cundinamarca preparada para las Elecciones Regionales de Colombia 2023